Y se vino el chaleco!

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Re: Y se vino el chaleco!

Notapor foxk-pop » 17 Mar 2010, 20:22

juancho escribió:ahora son los que trabajan con la moto, despues seguimos los particulares, eso es un hecho. por lo de la seguridad de que nos vean los vehiculos no lo veo tan mal, lo de los motochorros es una boludes, porque lo van a truchar y listo. aparte se imaginan andar con ese chaleco en la ruta, el quilombo que va a meter con el viento.

encima valen como 30 mangos los chalecos, si llevas acompañante tenes que comprar 2.


¿y Si tengo 2 motos? Serian 4 Chalecos, ya ke siempre estoy con mi novia sobre la moto.

Lo unico ke falta es ke tambien le pongamos la patente en el casco (como habian dicho hace rato).

ES EL COLMO!!!
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Notapor juancho » 17 Mar 2010, 20:27

encima valen como 30 mangos los chalecos, si llevas acompañante tenes que comprar 2.[/quote]

Lo unico ke falta es ke tambien le pongamos la patente en el casco (como habian dicho hace rato).

ES EL COLMO!!![/quote]


si, espero que no. :mal
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Notapor Ivan12 » 17 Mar 2010, 21:58

vandan escribió:Entiendo lo que decís, pero no es una forma que tiene el gobierno para protegernos? usando un chaleco para que nos vean los demás? porque a nadie le gusta usarlo, pero tenemos que hacernos ver... lo de la patente... bue... es al pe**... porque cualquiera trucha todo y listo... desde el punto de vista de nuestra seguridad se podría decir que está bien, pero hasta ahí nomás, yo puliría un poco más eso para que los que lo tengan que usar esten conformes. Entendés lo que quiero decir?

yo opino todo lo contrario, es una forma de exponernos todavia mas... xq llegado el caso, t vienen a afanar la moto (q a mas d uno le pegan un cuetazo) y encima d la moto el chorro t va a kerer afanar el chaleco y el casco... SE TRIPLICAN LAS POSIBILIDADES DE Q T CAGUEN A PALOS O PEOR D Q T DEJEN TIRADO CON UN TIRO X ESTA BOLUDES... x lo menos asi lo veo yo...
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Notapor vandan » 17 Mar 2010, 22:08

el12stuntbiking escribió:
vandan escribió:Entiendo lo que decís, pero no es una forma que tiene el gobierno para protegernos? usando un chaleco para que nos vean los demás? porque a nadie le gusta usarlo, pero tenemos que hacernos ver... lo de la patente... bue... es al pe**... porque cualquiera trucha todo y listo... desde el punto de vista de nuestra seguridad se podría decir que está bien, pero hasta ahí nomás, yo puliría un poco más eso para que los que lo tengan que usar esten conformes. Entendés lo que quiero decir?

yo opino todo lo contrario, es una forma de exponernos todavia mas... xq llegado el caso, t vienen a afanar la moto (q a mas d uno le pegan un cuetazo) y encima d la moto el chorro t va a kerer afanar el chaleco y el casco... SE TRIPLICAN LAS POSIBILIDADES DE Q T CAGUEN A PALOS O PEOR D Q T DEJEN TIRADO CON UN TIRO X ESTA BOLUDES... x lo menos asi lo veo yo...


Desde ese punto de vista esta cñaro que alguien que trabaja con una moto cara se expone aún más... tendría que tratar el tema de los motochorros primero, pero como los que ponen esas leyes son unos salames, que sólo sirven para cobrar sus buenos sueldos, y que no saben lo que es andar en moto porque andan en autos de alta gama que les pagamos nosotros para que nos--------- para qué???? si no hacen nada!!! :enojado :enojado
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Notapor hual57 » 18 Mar 2010, 09:55

DoctorBamBam escribió:
Y otra cosa, hasta donde yo sabía, esta "reglamentación" estaba sancionada con "Fuerza de Ley" más no reglamentada, esto último es lo que, según entiendo, hace que se pueda aplicar una ley y actuar en consecuencia


Ampliando la explicación anterior, el Art. 3 del Dto. 532/09 reglamentario de la Ley 13927, faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinente de Ministros, a instrumentar la reglamentacion de las previsiones contenidas en el Art. 48 de la Ley 13927

Art. 48 de la Ley 13927: Los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizadas deberan circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán imporeso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen. Su incumplimiento será considerada falta grave.

Resumiendo, el art. 3 del Dto. 532/09 faculta a un funcionario a reglamentar el art. 48 que establece la obligación de circular con los famosos chalecos.
Conforme esa autorizació se dictó la Resolución 1187-09.
O sea estamos en las manos del humor del Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinente de Ministros Sr. Alberto Perez.
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Notapor juancho » 18 Mar 2010, 16:47

hual57 escribió:
DoctorBamBam escribió:
Y otra cosa, hasta donde yo sabía, esta "reglamentación" estaba sancionada con "Fuerza de Ley" más no reglamentada, esto último es lo que, según entiendo, hace que se pueda aplicar una ley y actuar en consecuencia


Ampliando la explicación anterior, el Art. 3 del Dto. 532/09 reglamentario de la Ley 13927, faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinente de Ministros, a instrumentar la reglamentacion de las previsiones contenidas en el Art. 48 de la Ley 13927

Art. 48 de la Ley 13927: Los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizadas deberan circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán imporeso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen. Su incumplimiento será considerada falta grave.

Resumiendo, el art. 3 del Dto. 532/09 faculta a un funcionario a reglamentar el art. 48 que establece la obligación de circular con los famosos chalecos.
Conforme esa autorizació se dictó la Resolución 1187-09.
O sea estamos en las manos del humor del Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinente de Ministros Sr. Alberto Perez.



que mal :mal :mal
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Notapor hual57 » 19 Mar 2010, 14:10

Alberto Pérez, Jefe de Gabinete de Ministros

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Notapor juancho » 19 Mar 2010, 14:12

hual57 escribió:Alberto Pérez, Jefe de Gabinete de Ministros

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este seguro que nunca anduvo en moto :no :no

siempre encerrado en la capsula de 4 ruedas :enojado :risa
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Notapor david » 19 Mar 2010, 14:28

carlos_ciciliani escribió::no no me pienso difrasar prefiero vender la moto que se metan los chalecos en el culo :mal



IDEM!!!!!!!

https://www.clubtwister.com.ar/foro/viewtopic.php?f=37&t=5807
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Notapor seaman » 19 Mar 2010, 15:55

hual57 escribió:
DoctorBamBam escribió:
Y otra cosa, hasta donde yo sabía, esta "reglamentación" estaba sancionada con "Fuerza de Ley" más no reglamentada, esto último es lo que, según entiendo, hace que se pueda aplicar una ley y actuar en consecuencia


Ampliando la explicación anterior, el Art. 3 del Dto. 532/09 reglamentario de la Ley 13927, faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinente de Ministros, a instrumentar la reglamentacion de las previsiones contenidas en el Art. 48 de la Ley 13927

Art. 48 de la Ley 13927: Los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizadas deberan circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán imporeso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen. Su incumplimiento será considerada falta grave.

Hugo tengo frente a mis ojos una impresion de la resolucion 1187 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Pcia de Bs As.
La misma hace referencia a el Expte nro 22103-987/09, la Ley 13927 y el Cecreto Reglamentario 532/09.

Hay unos considerandos muy bonitos y luego sigue con:
Por ello EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 532/09, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

ART 1. Los conductores y acompañantes de motovehiculos que presten servicio de transporte y/o reparto y/o distribucion de productos y/0 alimentos y/o documentacion, sea para terceros o como complementaria de su actividad principal, durante el desempeño de su jornada laboral, deberan usar chaleco reflectante que llevara impreso el dominio del vehiculo que conducen y se ajustara a los siguientes requerimientso....

A partir de alli la norma especipica las condiciones del chaleco, medidas, bla bla bla

Firmado
Alberto Perez

A mi humilde entender esta norma apunta a la gente que trabaja con la moto y no para el uso recreativo de la misma, pero estamos en un pais tan raro que no estoy seguro.

Por las dudas imprimi copias de esta resolucion y las puse con los documentos de las motos

La busque en internet poniendo resolucion 1187

Slds
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