Comprar CBR600F2 ... melliza???

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Re: Comprar CBR600F2 ... melliza???

Notapor MARIANOCA » 28 Dic 2011, 09:04

patriciocbx escribió:A Ver..... A Ver... Como se les puede cruzar por la cabeza comprar una moto melliza!!!! es Trucha Melliza quiere decir que hay otra igual si en un operativo te paran y la moto tiene secuestro te la sacan y no la recuperas mas!!! No se pueden asegurar y demas demas deciele al que te la quiere vender que si a el se la encajaron que haga como le dijo maradona a passman.... Se entiende???



:bien :bien :bien Y AGREGO....NO SOLO TE LA SACAN SI NO VAS A TENER QUE EXPLICAR PORQUE ANDAS ARRIBA DE ESO...SI FUERA YO YA LE HUBIERA METIDO UNA DENUNCIA POR HIJO DE RE MIL.....NO ME CABERIA UNA BOSTA ANDAR POR LA VIDA SABIENDO QUE MI MOTO TIENE UNA HERMANITA NO DECLARADA DANDO VUELTAS POR AHI!!
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Notapor MARIANOCA » 28 Dic 2011, 09:10

Hernan74 escribió:
TWISTEROX escribió:
TwisTormentadefacha escribió:tema delicado, preguntaria a un experto en estos temas para q me confirme si se puede hacer algo, de lo contrario yo la miraria de lejos la cbr, le preguntaste porq la vende??. cbr 600 f2 a 24 lucas, lo pensaria muy bien, es una oferta buena, pero... porq la pone a 24 si esta en buen estado??, seguramente por el problema legal q tiene...


me dio a entender que se la quiere sacar de ensima ya que el no resuelve el tema legal.

Planteado así le está queriendo transferir el problema al comprador :mal

Yo en tu lugar primero lo consultaría en el registro del automotor.

Imagen



OJO SI VAS A LA BOCA DEL LOBO...O SEA...SEÑOR REGITRO DEL AUTOMOTOR TENGO UNA MOTO PARA COMPRAR RE BARATA PERO EL TEMA ES QUE ES MELLIZA....COMO TENDRIA QUE HACER PARA LEGALIZARLA...O SEA....TIPO NAAA!! :distraido
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Notapor El Cuyano » 28 Dic 2011, 09:16

Hola ,amigo Twisterox,lo que tiene que hacer 1ro es pedir un informe de dominio si esta en el registro de su provincia y 2do verificar si ese 08 esta colegiado y pedir al vendedor que le de la verificacion policial si fracasa en algunos de estos pasos seguro que es una papa caliente.Saludos y nos vemos en Fiambala :twisterox
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Notapor MARIANOCA » 28 Dic 2011, 09:23

El Cuyano escribió:Hola ,amigo Twisterox,lo que tiene que hacer 1ro es pedir un informe de dominio si esta en el registro de su provincia y 2do verificar si ese 08 esta colegiado y pedir al vendedor que le de la verificacion policial si fracasa en algunos de estos pasos seguro que es una papa caliente.Saludos y nos vemos en Fiambala :twisterox



OJO CON LA VERIFICACION...ANDA CON EL A HACERLA...O SEA....QUE REALMENTE LA VERIFIQUEN Y NO QUE POR 50 PESOS AL VERIFICADOR LE PONEN EL CELLO Y TE PASA EL MUERTO A VOS....O SEA....EN OTRAS PALABRAS....SEGUI MIRANDO EL DIARIO Y GASTA UNOS PESOS MAS PERO ANDA TRAQNUI POR LA VIDA....DIGO! :bien
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Notapor El Cuyano » 28 Dic 2011, 09:43

Como ya nos fuimos al extremo ya sabemos que es melliza ,ud . compro de buena fe el juez que este en el tema dicta se la devuelvo al SR . :twisteroX , y Ud. ya tiene su CBR soñada eso si no la va a poder vender .
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Notapor EzequielE » 28 Dic 2011, 09:59

no te metás en semejante quilombo ;)
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Notapor MARIANOCA » 28 Dic 2011, 10:16

El Cuyano escribió:Como ya nos fuimos al extremo ya sabemos que es melliza ,ud . compro de buena fe el juez que este en el tema dicta se la devuelvo al SR . :twisteroX , y Ud. ya tiene su CBR soñada eso si no la va a poder vender .


NOS FALTA INAUGURAR LA SECCION "TWISTER ROBADAS A PRECIOS MODICOS" Y ESTAMOS COMPLETITOS!!!
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Notapor EzequielE » 28 Dic 2011, 10:26

y habría que ver cual es la melliza :-|
mínimo el tipo debería haber hecho una denuncia, si estaría en regla el problema lo tendría que tener la otra moto y no esta.
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Notapor rapa » 28 Dic 2011, 10:56

Directamente no compraría una moto tan vieja, por más CBR que fuera...y menos con el menor problema legal. Y si tuviera una XJ6, ni siquiera miraría los clasificados...al menos por un buen tiempo.
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Notapor TWISTEROX » 28 Dic 2011, 14:53

Habia leido esto.

Código: Seleccionar todo
aqui un fragmento de el codico civil argentino:

4016 bis. El que durante tres años ha poseído con buena fe una cosa mueble robada o perdida, adquiere el dominio por prescripción. Si se trata de cosas muebles cuya transferencia exija inscripción en registros creados o a crearse, el plazo para adquirir su dominio es de dos años en el mismo supuesto de tratarse de cosas robadas o perdidas. En ambos casos la posesión debe ser de buena fe y continua.

POR EJEMPLO : las cosas muebles son cosas registrables pero que son cosas que se pueden mover por ejemplo una moto, un auto, un camion, un trailer,etc. y que sea registrable. las cosas inmuebles es por ejemplo una casa, un terreno,etc.


tendre que consultar a un abg.

tambien esta esto
http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... highlight=
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