Acá encontré esto, no se en que estará el tema ahora:
Por Resolución Ministerial número 567 de fecha 21 de abril del 2014, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Julio Alak, dispuso elevar a todas las universidades públicas y privadas el anteproyecto del código penal elaborado por la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, creada por el Decreto 678/2012, para que en el término de 90 días expidan una opinión sobre el mismo a este Ministerio.
Acá se puede ver el PDF, donde está detallado todas las organizaciones no gubernamentales, universidades, organismos públicos, etc... que participaron del mismo, además del anteproyecto en su totalidad.
http://www.infojus.gob.ar/docs-f/anteproyecto/anteproyecto-codigo-penal.pdf
. Por ejemplo en este caso, la LEY PROCESAL PENAL establece que cumpliéndose determinados requisitos, los jueces podrán dictar eximición de prisión cuando
; porque esa Ley Procesal es una ley penal GARANTISTA, es una Ley Procesal HECHA POR LOS POLÍTICOS, PARA FAVORECER A SU CLIENTELA ELECTORAL, LOS DELINCUENTES