Nueva ley: Casco y chaleco con patente

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En rechazo al proyecto de ley que pretende marcar a los motociclistas estigmatizándolos como delincuentes.
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Re: Nueva ley: Casco y chaleco con patente

Notapor el turco tw » 23 Abr 2014, 01:25

rgiorgi escribió:El turco tw . Lei que te interesaba saber que opinabamos el resto de los muchachos. Hasta ahi venias bien pero te sebaste. Hasta te habian pedido disculpas pero fuiste por mas. Si me permitis mi opinión es que vos sos el que vino a hacer politica. Los que protestamos contra le ley lo hacemos y la asociamos con el gobernante que la impulsa. Si fuera macri lo puteariamos igual o mas. Vos viniste a embarrar la cancha. Te lo digo porque dijiste que te gustaria saber que pensamos los otros. Y entiendo que no sos de esos que ven al que piensa distinto como un enemigo golpista........ o si ?


Soy una persona que tiene los huevos al plato con esto. De política ya estaban hablando en este tema. Yo no trate de golpista a nadie. Y si te tomas el trabajo de leer como venía la charla el que entró a embarrar la cancha es otra persona sacando frases fuera de contexto. Y con respecto a la esta ley obvio que es una boludez y eso esta fuera de discusión. De mi parte creo que este tema ya no da para más. Yo sólo expuse lo que pienso con respecto a esta tendencia y te puedo asegurar de que son muchos los que piensan como yo con respecto a esto. Sin más para decir te mando un abrazo
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Notapor DASSEVILLE » 23 Abr 2014, 05:09

En el dia de la manifestacion en el obelisco, al Club Twister, buen diaccccc!!!!!!!

Como observaran, son las 0500hs, siempre me levanto temprano, al pedo, pero temprano, como corresponde.....!!!!

Observo tambien que seguimos discutiendo sobre lo mismo, bueno, ya pasara, todo pasa....

He visto las fotos de la manifestacion en Cordoba, excelente la demostracion de descontento con la medida adoptada por el gobierno provincial.

Hoy, es un dia donde los moteros de la Pcia. de Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires, manifestaremos nuestra oposicion a la medida instrumentada por las autoridades de la Pcia. de Buenos Aires a traves de la Res.224/14.

Quiera Dios, Nuestro Señor, nos acompañe a todos en esta jornada, y nos mantenga unidos, para alcanzar nuestro objetivo.

Abrazo motero y buenas rutas. :bien

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Notapor sergioluis » 24 Abr 2014, 14:43

Propongo YA que peguemos al igual que las fotos que aportaron, NO SOY MOTOCHORRO en lugar visible de nuestras motos. (alguien que suba una imagen asi todos imprimimos la misma!!!)
Propongo YA que alguuno de nosotros que este ducho genere una pagina en internet para que juntar firmas con pocas consignas bien definidas:
Si al chaleco reflectivo del acompañante (que sirva para seguridad).
NO a poner ninguna numeracion a prendas o casco.
exigir a las autoridades que controlen a quienes no tengan patente luces papeles y queden detenidos/fichados los conductores hasta que aclare el origen de la moto (se van alegremente dejando la moto total van y afanan otra)
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Notapor LEOCBX » 24 Abr 2014, 14:48

sergioluis escribió:Si al chaleco reflectivo del acompañante (que sirva para seguridad).


Yo con esa no estoy de acuerdo, si es por seguridad que se ponga el chaleco el conductor también y que todo aquel que se compre un auto que no sea de un color vivo le pegue calcos refectivos en el baul. Osea:
La seguridad pasiva la da las buenas condiciones de el vehículo (luces, ojos de gato, etc...), no hay motivo para ponerse un chaleco para circular.
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Notapor sergioluis » 24 Abr 2014, 14:51

bue..eso es aceptable...me lo pongo..que la piensen lo que lesgislan... capaz que conviene visualizar a los que andan de dos

como soy lerdo para esto recien encuentro donde firmar aca en el foro una peticion
l

Ir a: Dar de baja el decreto del uso de chaleco y casco con pat
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Notapor LEOCBX » 24 Abr 2014, 15:00

sergioluis escribió:bue..eso es aceptable...me lo pongo..que la piensen lo que lesgislan


Mirá que si la piensan mal te terminan patentando en la cabeza y en la espalda.
Nosotros de nuestro lado, que en definitiva somos los que estamos en la calle sobre 2 ruedas, tenemos que pensar mejor y valernos de nuestra experiencia para plantear ideas que realmente sirvan y repudiar las idioteces como las impuestas por el ex motonauta con aspiraciones precidenciales de Bs As.
Segurmante el chaleco le sirva al que va con la moto en malas condiciones, sin luces, pero lo que tiene que pasar es que esa moto este en condiciones y no ponerle un chaleco a todo el mundo.
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Notapor Swatza » 24 Abr 2014, 16:14

hola... yo no soy de hablar mucho ni de opinar porque no me interesa hacerlo, pero la verdad es que hoy que lei un poco sobre este tema y todo lo que se origino veo que esto ya se parece a la "jaula de las locas" jajaja... que bolas que son algunos de ustedes jajaja... porque no se dejan de hinchar con eso?... sobre Politica y Religion no se debe hablar donde sabemos que pueden haber conflictos o discusiones estupidas sin sentido!!!...

...encima al final no entendi nada de lo que se tiene que hacer... pero lo que si se, es que voy a encargar que me estampen un chaleco reflectivo con la patente de la moto el cual voy a guardarlo debajo del asiento por si las dudas y tambien voy a imprimir unos calcos con la patente de mi moto (los cuales son baratisimos) porque algun dia te podes cruzar con un zorro hijo de mil y te puede cagar el dia poniendote una multa bien grande o peor todavia secuestrandote la moto por ser un boludo que se piensa que puede pasar x encima de la ley... porque recordemos que a los primeros que agarran para hacer cumplir la ley son a los que tienen todo en regla...

...en mercadolibre ya te venden el chaleco estampado y los calcos para que le pongas al casco por $100 mas o menos... yo por esa plata (que son solo 100 mangos) voy a comprar (el chaleco y los numeros) y los voy a tener a mano en caso de que un dia me cruce con un sorete corrupto y coimero que me quiera sacar plata por no cumplir con esa estupida ley...


Gracias por hacerme reir con tantas boludeces y peleas muchachos!!!...

P.D: ahhh y despues de lo que dije espero que no piensen que soy un vendedor de chalecos o que hago estampados, calcos o cosas x el estilo y que quiero llenarme de dinero con esta ley ehh jajajaja... yo solo quiero viajar trankilo y que nadie me rompa las bolas!!!...
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Notapor Jorge Luis » 24 Abr 2014, 21:43

Carlos Minetti
22 de abril a la(s) 0:39
GENTE; POR LA SITUACION QUE PADECIO UN HERMANO MOTERO; QUE FUE LITERALMENTE ROBADO POR DOS AGENTES DE TRANSITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LES DEJO LA TRANSCRIPCION DE LA RESOLUCION.
art. de la resolucion.Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 224/14
La Plata, 8 de abril de 2014.
VISTO el expediente Nº 2200-13808/14, la Ley N° 13.927, el Decreto Reglamentario N° 532/09, el Decreto Nº 220/14, la Resolución del N° 1.187/09, y
CONSIDERANDO:
Que en materia de tránsito y transporte en la Provincia de Buenos Aires rige la Ley N° 13.927;
Que el artículo 48 de la norma legal referida establece que “los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizados deberán circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán impreso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen” y que “su incumplimiento será considerado falta grave”;
Que en tal sentido, a través del Decreto Nº 532/09, se han estipulado las pautas reglamentarias para la aplicación del Código de Transito previamente mencionado, otorgando a este Ministerio la facultad para regular las previsiones del artículo transcripto;
Que en torno a la emergencia declarada el día 4 de abril del corriente, en materia de seguridad pública a través del Decreto Nº 220/14, se facultó a los Municipios a adoptar en sus respectivas jurisdicciones mayores restricciones a las determinadas por el Artículo 14, inciso g.3.2, Anexo III del Decreto Nº 532/09, fijando horarios y zonas de circulación según las particularidades de cada región;
Que sobre la base de esos lineamientos, se determinó que el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá las condiciones técnicas para la instrumentación del uso obligatorio para acompañantes de motovehículos de chaleco reflectante y del caso reglamentario con el dominio del vehículo impreso;
Que inicialmente, y en virtud de la facultad conferida, la mencionada cartera ministerial elaboró una estrategia de implementación progresiva de utilización de casco reglamentario y chaleco reflectante, dictando como consecuencia la Resolución Nº 1.187/09;
Que a través de la misma se estableció la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante para los conductores y acompañantes de motovehículos dedicados a actividades de “Mensajerías” y/o “Delivery”, teniendo en cuenta la mayor exposición a los siniestros en consideración al ámbito laboral en que desempeñan sus tareas;
Que en esta oportunidad y como segunda etapa de la citada estrategia de aplicación, deviene necesario regular las obligaciones de los acompañantes de motovehículos;
Que, en tal sentido, se establecen las características técnicas del chaleco reflectante y del casco reglamentario que deben utilizar los referidos sujetos;
Que, de ese modo, el uso del chaleco reflectante procurará una mejor identificación, tanto de día como en horas de la noche, brindando mayor seguridad;
Que asimismo, el casco reglamentario contribuirá a disminuir la gravedad de las lesiones y el índice de mortandad en accidentes de tránsito;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 532/09;
Por ello,
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer el uso obligatorio para acompañantes de motovehículos del chaleco reflectante y del casco reglamentario con el dominio del vehículo impreso, los que se ajustarán a las características técnicas estipuladas en el ANEXO ÚNICO que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. La autoridad de comprobación controlará y verificará que el acompañante cumpla con lo señalado en la presente Resolución. Su omisión será considerada falta grave en los términos de la Ley Nº 13.927 y Decreto Nº 532/09, debiendo aplicarse la retención preventiva del vehículo y de la licencia de conducir del conductor.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Alberto Pérez
Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
ANEXO ÚNICO
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
A. CASCO REGLAMENTARIO
A.1. Por casco reglamentario se entenderá todo elemento de protección individual que cubra, al menos la parte superior de la cabeza en forma íntegra y continua. El casco debe tener las condiciones mínimas de seguridad establecidas por la norma IRAM-AITA 3621 y llevará adherido en letras y números reflectantes, la identificación de dominio del motovehículo, sin que coincida con el color de fondo del casco.
A.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de tres centímetros (3 cm.) de alto, dos centímetros (2 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de medio centímetro (0.5 cm.).
A.3. La identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario de conformidad con las características técnicas establecidas en A.2.
B. CHALECO REFLECTARIO
B.1. El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y con una separación entre ellas de catorce centímetros (14 cm.). En medio de las bandas reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del vehículo.
B.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de diez centímetros (10 cm.) de alto, seis centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de un centímetro y medio (1.5 cm.).
B.3. Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
B.4. Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
B.5. En caso de no usar chaleco reflectante, el acompañante deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente las propiedades técnicas de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto B.1.
B.6. Cualquier elemento que el acompañante vista sobre el chaleco, que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contar mínimamente con una banda de material combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo que ocupa, tal como se encuentra establecido en el punto B.1.
B.7. En caso que el vehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material reflectante y/o combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos B.1., B.2. y B.4, que abarquen el ancho de la parte posterior y sus laterales.
B.8. Podrá utilizarse de forma supletoria lo establecido en la Norma IRAM 3859, en cuanto a las condiciones técnicas mínimas referentes al chaleco reflectante, de no optar por utilizarse las estipuladas; no obstante ello, deberá llevarse adherido o impreso en forma legible el dominio del vehículo que conduce, tal como se encuentra establecido en el punto B.1
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Notapor gabi1975 » 24 Abr 2014, 23:32

para los q estan diciendo q todos tenemos q usar el chaleco y el casco con la identificacion,no es asi.
solo los q trabajan en mensajeria y delivery estan obligados a hacerlo y los acompañantes de motos particulares.
por favor,no digan cosas q no son,porq sino se arma una bola de nieve cualquiera.
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Notapor nighthawk » 25 Abr 2014, 01:48

no al patentamiento de los motoristas si a la aplicacion de leyes coherentes
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