Consulta sobre trailer de una rueda

Información y consultas.
Utilice el buscador antes de crear un tema nuevo.

Re: Consulta sobre trailer de una rueda

Notapor super bross » 06 Nov 2016, 16:29

Hola, soy nuevo en el foro, me llamo Osvaldo y me interesó el tema ya que poseo el mismo tráiler que adquirí en el2008. Tengo una honda bros y desde que la compre la puse en la ruta con el tráiler y desde entonces no he parado de andar todos los meses de enero los 30 dias, mas lo que se puede andar durante el resto del año. Puedo compartir mi experiencia con el tráiler que tiene los mismos kms que la moto 70.000 kms. Saludos

Imagen
Avatar de Usuario
super bross
Nombre: Osvaldo
Ubicación: san luis

Notapor MARIANOCA » 07 Nov 2016, 09:49

ezeblacool escribió:Mariano es muy cierto todo lo que dices... Pero hay una salvedad... Y es que por principio constitucional nadie esta obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohiba. Art 19 de la Constitucion Nacional.
Y no existe en la Argentina una norma q prohiba el uso de trailers en moto.
Pero si habria q respetar por analogia lo que si estable la ley.
La ley nacional de transito y seguridad vial ley (N° 24449 ) decreto y reglamentación (N° 779/95) solo establece que
› Ancho del trailer no debe ser superior al del vehículo y ajustarse a las demás reglas de circulación.
› Las cubiertas deben estar en buen estado no superando la marca de seguridad de desgaste.
› Tener en cuenta el peso, dimensión y reacción(potencia-peso) estabilidad y condiciones de seguridad.
› Luz de freno, luz indicadora de dirección de giro, luz de retroceso, luz de niebla y luz de emergencia (balizas).
› Luces de posición, color rojo.
› Luces de giro (intermitente color amarilla) podría incorporar laterales (opcionales)
› Luces de freno color rojo.
› Luz de patente.
› Luces intermitentes de emergencia(balizas) color amarillo, incluye a todos los indicadores de giro.
› Luz de niebla, color rojo, puede ser de un solo lado o ambos. Destinado a hacer que el trailer se pueda distinguir si es visto desde atrás en caso de niebla, lluvia, nube de polvo o humo.

Ahora si nos Preguntamos ¿Qué pide la ley?
Estos son los requisitoa

• Cadenas de seguridad.
• Luces de posición, giros y stop.
• Una chapa patente en la cual el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor dispone que tenga los siguientes números, 101 seguido por la alfanumérica del vehículo tractor. Sobre este punto la ley solo indica q debe ser una chapapatente con esos numeros antecedentes, pero en absoluto dice de que material ni quien la debe emitir. Con respecto a esto, ningun registro automotor te emite esa chapa patente, ya q no existe un registro de trailers ni estos mucho menos son "bienes registrables" , legalmente son solo "cosas" . Fijate en ML hay varias empresas que se dedican a fabricar esta chapapatente.
• Seguro de Responsabilidad Civil. Puede extenderse del seguro del auto, depende de la compañía o bien existen compañías que lo aseguran independientemente.
• Licencia con categoría habilitante (B): para automóviles y camionetas con acoplado de hasta 750 kilogramos de peso o casa rodante.
Sobre estos dos ultimos puntos cabe decir que hay empresas (por lo menos aqui en jujuy si hay) que aseguran este tipo de trailers, el mio me lo aseguro la empresa Escudo Seguros que es de origen entreriano. La poliza salio por 6 meses y tuve q pagar toda la póliza de una sola vez. Eso fue lo malo. Por eso después ya no lo volvi a asegurar.
Sobre el tema del carnet, yo poseo los dos. El de motos con categoría de mas de 300cc y el de autos con trailers de mas de 750kg.
Espero q toda la info sirva y cualquier duda estoy dispuesto a ayudar.
Solo para validar mi opinion les comento q soy ayudante de catedra de la materia de Derecho de Transporte de la Universidad y este tema de los trailers lo hemos trabajado mucho con los titulares de catedra. Hay algunas variantes y excepciones como la. Prov de Córdoba q no adhirio a la ley nac de segur vial. Pero en la mayoria de las prov es igual.



Buen dia Ezequiel....La realidad no es como vos la decis...La verdad no entiendo mucho de la ley...por no decir que no entiendo nada..lo que digo lo hago en base averiguaciones que hice en la municipalidad de avellaneda en la parte licencias...en el seguro ATM que yo poseo y varios puestos de gendarmeria,policias camineras,provinciales y Federal...TODOSSSSS...ABSOLUTAMENTE TODOS ESTAN DE ACUERDO EN ESO....Si no tenes un registro que te autorice a manejar un camion...no podes manejar un camion...si no tenes un registro que te habilite a llevar una casa rodante...no podes llevar una casa rodante....lo mismo ocurre con una moto con con acoplado....en los coches por ejemplo es la categoria B:2 autos y camionetas hasta 3.500kg de peso con acoplado de h/750 o casa rodante no motorizada..esa categoria tengo yo..me habilita a llevar mi carrito enganchado en un auto...pero no a la moto....me explico??por otro lado....todo trailer debe tener su seguro al dia....es lo que pasa en el verano..la gente saca un seguro por dos meses para llevarlo el cuatri o moto de agua a la costa y despues le dan de baja...para no tener que dejar el carrito en un control o en caso de accidentes estar cubiertos...por otro lado....hay gente que piensa que con una patente que diga 101 y la patente del vehiculo alcanza...NO ES ASI....es solo un formalismo para que se vea la patente del vehiculo tractor ya que el trailer lo puede tapar y que se sepa que es una "prolongacion" de "x" vehiculo!!En definitiva..pase muchos controles policiales con el trailer...algunos mejor o peor onda...alguno me pre4guntaron quien lo hizo...quien lo pinto....y mas alla de lo pintoresco o gracioso....en todos los casos me tiraron la mejor onda pero siempre fueron firmes en eso...SABE QUE NO PODES ANDAR CON ESO Y EN CUANDO TE PARE UN CONTROL CON GANAS DE JODER TE VAS A TENER QUE LLEVAR TODO AL HOMBRO Y EL CARRITO QUEDA RETENIDO...corta la bocha....por otro lado...en caso de haber un sinientro...chocque...accidente...que se suelte el carrito o lo que fuera el seguro de la moto no cubre nada...No se olviden de ese detalle....Humilde opinion basado en experiencias personales!Abrazote!
Avatar de Usuario
MARIANOCA

Moto Actual:
1987 Kawasaki 454 LTD
•• Motos de MARIANOCA ••
Nombre: MARIANO
Ubicación: Ciudad de V. Dominico.
Grupos: Referentes Zonales, Ruteros

Notapor POL » 07 Nov 2016, 16:49

Genio Mariano! Como siempre!
Gracias por tu aporte :aplauso :aplauso :aplauso :dios
Avatar de Usuario
POL

Moto Actual:
2024 Honda CB300 F
•• Motos de POL ••
Nombre: Pablo
Ubicación: Donde florece la cerveza

Anterior

Volver a Accesorios



¿Quién está conectado?

Usuarios registrados: Bing [Bot], Google [Bot], Google Adsense [Bot]

cron